Dónde voto: cómo consultar el padrón electoral definitivo de las elecciones nacionales legislativas 2025

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Desde este martes está disponible el padrón electoral nacional para las elecciones legislativas 2025 (AFP)

Los electores de todo el país que participarán en las elecciones legislativas nacionales del 26 de octubre ya pueden consultar el padrón electoral para los comicios de octubre de 2025. La Cámara Nacional Electoral (CNE) habilitó este martes 16 de septiembre el acceso al listado definitivo.

De acuerdo con el cronograma electoral anual, la publicación y difusión del padrón definitivo de electores se realizan en esta fecha, 40 días antes de la elección general. La CNE también informó que desde las 0 horas está disponible la herramienta de consulta, que permite a cada ciudadano conocer los datos precisos sobre su lugar de votación.

Este 16 de septiembre, además, la CNE lleva a cabo la impresión de los padrones definitivos y la designación de las autoridades de mesa.

Los electores podrán solicitar la corrección de errores u omisiones en el padrón hasta el 26 de septiembre.

Cómo consultar dónde voto en las elecciones 2025, paso a paso

Para averiguar el número de orden, la mesa y el centro a dónde votar se deben realizar los siguientes pasos:

  1. Ingresar a la Web oficial de la Cámara Nacional Electoral, en https://www.padron.gob.ar/.
  2. Ingresar el número del Documento Nacional de Identidad (DNI).
  3. Asignar un género (masculino, femenino o sin especificar).
  4. Seleccionar un distrito.
  5. Completar el verificador de seguridad.

También puede consultar el padrón electoral definitivo acá:

Con qué documentos se puede votar en las elecciones nacionales

Desde la página oficial del Estado argentino determinan que las elecciones legislativas 2025 “se regulan por lo dispuesto en nuestra Constitución Nacional en conjunto con diversas leyes, decretos y disposiciones de alcance nacional”.

En ese sentido, el Código Nacional Electoral señala en el Título VIII, referido a las Disposiciones Generales y Transitorias, que, según el Artículo N°167, “la Libreta de Enrolamiento (Ley 11.386), la Libreta Cívica (Ley 13.010) y el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), en cualquiera de sus formatos (Ley 17.671) son documentos habilitantes a los fines de esta ley”.

Quiénes pueden votar en las elecciones del 26 de octubre

Según el Título I del Cuerpo Electoral, en su primer capítulo “de la calidad, derechos y deberes del elector”, son electores “los argentinos nativos y por opción, desde los dieciséis años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los dieciocho años de edad, que no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas en esta ley”.

Un hombre deposita su voto este domingo, durante durante una elección (EFE/ Juan Ignacio Roncoroni).

Qué se vota el 26 de octubre

Los argentinos empadronados votarán el próximo 26 de octubre para cubrir 24 bancas del Senado de la Nación y 127 escaños de la Cámara de Diputados que se renovarán ese año.

En específico, estas provincias son las que elegirán senadores:

  • Salta: tres
  • Chaco: tres
  • Santiago del Estero: tres
  • Entre Ríos: tres
  • Ciudad Autónoma de Buenos Aires: tres
  • Neuquén: tres
  • Río Negro: tres
  • Tierra del Fuego: tres

Mientras que las provincias que elegirán diputados son las siguientes:

  • Jujuy: tres
  • Salta: tres
  • Formosa: dos
  • Tucumán: cuatro
  • Chaco: cuatro
  • Santiago del Estero: tres
  • Catamarca: tres
  • Santa Fe: nueve
  • Corrientes: tres
  • Misiones: tres
  • Córdoba: nueve
  • La Rioja: dos
  • San Juan: tres
  • San Luis: tres
  • La Pampa: tres
  • Buenos Aires: 35
  • Ciudad Autónoma de Buenos Aires: 13
  • Mendoza: cinco
  • Chubut: dos
  • Santa Cruz: tres
  • Tierra del Fuego: dos

Desde hoy, los argentinos podrán consultar el padrón electora (EFE/ Juan Ignacio Roncoroni).

Además, Mendoza, Catamarca, La Rioja y Santiago del Estero celebrarán elecciones locales al mismo tiempo que las nacionales.

Qué pasa si no voy a votar el 26 de octubre

En el apartado referido a las faltas electorales del Código Nacional Electoral, en el Artículo Nº 125, se estipula una multa económica “entre $50 y $500″ al elector entre los dieciocho y menor de setenta años que no vote y no justifique su falta de voto ante la Justicia Nacional Electoral dentro de 60 días.

Además, el infractor será incluido en el Registro de infractores al deber de votar y no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Durante un año, tampoco podrán renovar el pasaporte ni realizar gestiones ante organismos públicos.

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